Tal como se adelantó en nuestra anterior entrada, la Justicia Rafaelina hizo lugar a las medidas autosatisfactivas iniciadas como consecuencia de la creación de una cuenta en la red social Facebook con el nombre de un ciudadano de la ciudad de Sunchales, incluyendo en la misma datos falsos relativos a su orientación sexual.
Facebook acató la medida:
Luego de nuestra anterior presentación, la red social acató de manera definitiva la orden judicial, es decir, que se consiguió en los hechos la finalidad perseguida con la medida autosatisfactiva incoada, a pesar de invocar Facebook la incompetencia del Juzgado Rafaelino para intervenir en estos actuados, y de manifestar que el bloqueo de la cuenta le resultaba imposible.
Como se advierte, los fundamentos vertidos por los representantes de la red social, por un lado, no se ajustaron son sus propios actos, ya que la cuenta fue efectivamente cancelada, y por el otro, fueron rechazados por el Juzgado actuante entendiendo que, atento a la propia naturaleza del proceso (medida autosatisfactiva que se agota con la misma orden judicial ordenada), tal planteo resultaba inoficioso.
De todas maneras, no deja de ser destacable la actitud tomada por la red social demandada, la cual cumplió con lo ordenado por el Juzgado. Las manifestaciones y defensas vertidas en el expte. responden exclusivamente a estrategias procesales que resultan en cierto punto hasta lógicas, si tenemos en cuenta que estamos en presencia de una empresa multinacional. Por ello, independientemente de lo invocado en el proceso, Facebook, inmediatamente después de tomar conocimiento que el contenido de una de sus cuentas resultaba nocivo, injurioso y violatorio de derechos de un tercero, acató la medida y bloqueó definitivamente la misma.
Los buscadores, incumplieron la orden judicial:
Sin embargo, los tres buscadores de internet oficiados incumplieron con la orden judicial, a pesar de ser sabido que el incumplimiento de las órdenes del Poder Judicial implica un acto de suma gravedad institucional y la negación misma del Estado de Derecho que exige el pleno sometimiento de los ciudadanos al ordenamiento jurídico.
Google, si bien manifestó en el expte. que había dado cumplimiento con la orden, en los hechos no impidió hasta el momento que el nombre del actor continúe vinculado a los sitios de internet denunciados en la demanda.
Microsoft de Argentina S.A., por su parte, manifestó que no tenía el carácter de administrador del buscador de internet “Bing” ni interviene de modo alguno en la prestación de los servicios brindados por éste, por lo que no existe posibilidad fáctica alguna de satisfacer la petición oficiada, remarcando que quien reviste el carácter de titular de todos los derechos del buscador de internet Bing como así también quien la administra y tiene a cargo su funcionamiento es Microsoft Corporation , sociedad con domicilio real en One Microsoft Way , Redmond (98052) , Estado de Washington D.C. , Estados Unidos de América.
Por su parte, Yahoo! de Argentina SRL no sólo que no cumplió con la orden judicial, sino que ni siquiera se hizo presente en las actuaciones.
Ante estas circunstancias, y atento las constancias del expte., ante el pedido que efectuó este Estudio Bilvao Aranda, el señor Juez a cargo de la causa ordenó que se corra vista al Señor Fiscal que por razones de turno corresponda, a los fines de que se investigue la posible comisión de un delito de acción pública por el reiterado incumplimiento de una orden judicial.
La situación actual:
Así las cosas, amén de la continuidad de la pertinente acción penal en trámite por ante el Juzgado Correccional, Secretaría 1ª, de la ciudad de Rafaela, en donde se persigue dar con los autores materiales e intelectuales de los hechos denunciados; en el proceso en donde tramitaron las medidas autosatisfactivas se dejó mención expresa de la reserva de accionar por los daños y perjuicios ocasionados por los buscadores de internet requeridos que, a pesar de recibir la antes citada orden judicial, no arbitraron ningún tipo de medida tendiente a dar fin al hecho dañoso, encontrándose ya en pleno conocimiento de los mismos y estando en inmejorables condiciones de lograrlo.
Oportunamente, informaremos a nuestros seguidores acerca de los avances de este proceso.
La repercusión en los medios:
La noticia circuló rápidamente por los medios de toda la Provincia de Santa Fe y en pocos días en medios nacionales, debido a la trascendencia, importancia y gravedad de los hechos, potenciados en estos días en los que el uso de redes sociales es materia corriente entre nosotros.
Más allá de lo ya comentado acerca del caso y los fundamentos de la presentación en sede judicial, bueno es destacar que esta noticia de naturaleza jurídica trasciende las fronteras de lo netamente legal. Entendemos esto de tal manera, ya que un usuario de internet, con este antecedente, sabrá que existen medios a su alcance para frenar ataques a su imagen, intimidad y su persona que sea producidos por esta vía.
El hecho, no menor, que estemos frente a gigantes multinacionales, cuya sede social central se encuentra en el exterior, no impide a que podamos acudir y conseguir la debida protección judicial a nuestros más personales derechos.
Así lo entendieron, además, numerosos medios locales y provinciales, a quienes agradecemos por su interés en el caso y por el espacio que otorgaron al tema en sus medios.
Tal es el caso de FM Nuevo Mundo 106.9 mhz, de Sunchales, con quien mantuvimos una entrevista en vivo en la mañana del martes 27 de julio en el programa “La Coctelera” conducido por el conocido y multifacético periodista sunchalense Fernando Robledo; del diario El Eco de Sunchales, quien a través de su corresponsal Ramiro Astor realizó una entrevista con EBA publicada en su edición del domingo 1º de agosto.
Los medios provinciales también manifestaron su interés en conocer más detalles sobre el caso, a fin de informar debidamente a la población. Este fue el caso del diario El Litoral, de la ciudad de Santa Fe, con quien también mantuvimos una amena entrevista a cargo de Juliano Salierno en relación al caso, y de LT8 de la ciudad de Rosario, con quien dialogamos en vivo en su programa de la mañana “Como viene la mano”.
Agradecemos enormemente a todos estos medios periodísticos por su atención e interés en difundir tan importante noticia, la cual, además, causó una altísima resonancia en la propia web, en donde se lo consideró “un hito al respecto para el uso de la red social en nuestro país”.
Para citar tan sólo algunos casos, les acercamos los distintos sitios web y los enlaces dedicados a esta noticia, en donde el lector podrá ahondar la información acerca del caso:
El Eco de Sunchales:
http://www.elecosunchales.com.ar/Sitio/AmpliarNoticia.aspx?i=7608
InfoRafaela.com:
http://www.inforafaela.com/2010/07/28/la-justicia-bloqueo-una-cuenta-de-facebook-en-rafaela/
AP Noticias:
http://www.apnoticias.com.ar/ampliada.php?cual=locales&id=13675
Examedia:
http://www.examedia.info/?q=noticia/mostrar/4572197
Diario El Litoral:
http://www.ellitoral.com/index.php/id_um/54800-la-justicia-de-rafaela-ordeno-quitar-un-perfil-de-facebook
Notife:
http://www.notife.com/noticia/articulo/1007148/zona/4/La_Justicia_de_Rafaela_ordeno_quitar_un_perfil_de_Facebook_.html
NotiExpress:
http://www.notiexpress.com.ar/contentFront/rosa-actualidad-1/una-jueza-de-rafaela-ordeno-quitar-un-perfil-de-facebook-90603.html
Diario Uno Santa Fe:
http://www.unosantafe.com.ar/contenidos/2010/08/05/Rafaela-la-Justicia-ordeno-dar-de-baja-un-perfil-de-la-red-social-Facebook-0058.html
Agenciafe:
http://www.agenciafe.com.ar/noticia/articulo/139902/zona/2/LA_JUSTICIA_DE_RAFAELA_ORDENO_QUITAR_UN_PERFIL_DE_FACEBOOK.html & amp; amp; lt; br>
Diario La Capital de Rosario:
http://www.lacapital.com.ar/contenidos/2010/08/06/noticia_0030.html
Comercio y Justicia:
http://www.comercioyjusticia.com.ar/2010/08/06/ordenan-dar-de-baja-cuenta-de-facebook-con-datos-falsos/
Diario Uno de Entre Ríos:
http://www.unoentrerios.com.ar/contenidos/2010/08/05/Ordenan-quitar-un-perfil-de-Facebook-0027.html
Rafaela.com:
http://www.rafaela.com/cms/news/ver/1252/1/Juez-de-Rafaela-orden%C3%B3-quitar-un-perfil-de-Facebook.html
Edimpresa:
http://edimpresa.unosantafe.com.ar/06.08.2010/noticias/42115_Rafaela+la+Justicia+ordeno+bajar+un+perfil+de+Facebook.html
Usned.com:
http://usned.com/noticias/le-inventaron-un-perfil-en-facebook-y-la-justicia-ordeno-qu.html
Rafaela al Día:
http://www.rafaelaaldia.com.ar/contenidos/detalles/id/9074
Contacto Diario:
http://www.contactodiario.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=1110:la-justicia-de-rafaela-ordeno-quitar-un-perfil-de-facebook&catid=74:la-region&Ite mid=177
Info Rafaela:
http://www.inforafaela.com/2010/07/28/la-justicia-bloqueo-una-cuenta-de-facebook-en-rafaela/
Mendoza On Line:
http://www.mdzol.com/mdz/nota/229046/
Informa Junín:
http://www.informajunin.com/30559/juez-ordeno-quitar-un-perfil-de-facebook.html
CVA Medios:
http://cvamedios.com/2010/08/06/ordenan-dar-de-baja-cuenta-de-facebook-con-datos-falsos/
Cadena Aero:
http://www.cadenaaero.info/noticias/9094
Pasajes de la entrevista:
El joven periodista sunchalense Ramiro Astor, elaboró una interesante entrevista con EBA, relativa al caso, cuyos pasajes principales transcribimos a continuación:
Una simple mirada hacia los distintos medios de comunicación existentes en la actualidad, logra descubrir que internet ha invadido nuestro espacio hogareño, laboral y de recreación. Esta herramienta de comunicación se destaca fundamentalmente por la posibilidad de establecer un vínculo oral y visual con otros usuarios de la red en todo el mundo y por la búsqueda de información diversa.
Sin embargo, su amplia conectividad mundial, junto al libertinaje en el manejo de la información que circula por la misma, llevan a plantear qué grado de seguridad y privacidad de datos se poseen, una vez que navegamos por el océano informático. El estudio jurídico Bilvao Aranda (Alem y Crespo, de la ciudad de Sunchales), logró ganar un round en una batalla equivalente a David y Goliat.
Caso cerrado, cuenta bloqueada
“Se trata de un caso, en el cual un cliente del estudio me consultó si había posibilidad de apelar a una herramienta jurídica, ante la apertura de una cuenta en Facebook con su nombre y datos personales reales, en la cual se habían incluido otros datos falsos, en relación a su orientación sexual”, explicó el abogado Facundo Bilvao Aranda.
“La cuenta, si bien partía de un nombre real, contenía parcialmente información falsa. Además, ésta era injuriante y nociva para mi cliente. Entonces, tal como se planteó el caso, el criterio del estudio no vio viable una acción por daños y perjuicios, o una acción en la cual se le reclame algo a la red social, teniendo en cuenta que no conocíamos al autor intelectual del acto injurioso”, agregó.
“Se inició una acción penal, pero no se podía ir en contra de Facebook porque en sus bases de emisiones deja expresa constancia que no es responsable del contenido que aparece en su red social”, explicó.
Luego Bilvao Aranda dijo: “En principio, ninguna red social tiene responsabilidad sobre el contenido de la cuenta hasta que tiene conocimiento de que el material expresado en sus sitios es nocivo. Entonces, la manera más rápida de accionar, según el criterio del estudio jurídico, para hacer cesar el contenido falso e injuriante y ordenarle a Facebook que bloquée la cuenta, fue a través de una medida autosatisfactiva. La misma consiste en pedirle al juez que ordene algo y el juicio termina inmediatamente con esa resolución, no es un juicio común y corriente en el que uno reclama algo y el otro le contesta, se producen pruebas y se da una sentencia”.
“La medida autosatisfactiva –prosiguió– es un pedido expreso al juez ante un hecho grave que causa daño, para que ordene una medida que atienda a poner fin a un hecho. En este caso, se pidió que se cancele la cuenta y que Facebook prohiba la posibilidad de volver a abrir cuentas con ese nombre y esa orientación sexual. El juzgado de Rafaela hizo lugar al pedido, y en 24 horas se dictó la orden judicial”.
“Facebook, acató la orden judicial. Si bien días después se volvió a abrir la cuenta por motivos que desconocemos, pero al reiterarse el pedido del juzgado, la red social la bloqueó definitivamente”, confirmó Bilvao Aranda.
“A pesar de cumplir con la orden judicial, la empresa multinacional se presentó en el expediente en Rafaela, invocando que el juzgado de Rafaela era incompetente porque cualquier juicio contra la empresa se tenía que iniciar en los juzgados de Palo Alto en California, Estados Unidos. Igualmente, a partir del recurso que presentamos, todos los reclamos de Facebook quedaron sin efecto”, aclaró.
—¿Cuáles son sus recomendaciones para que el uso de internet sea seguro y se respete la privacidad de datos?
—Los riesgos son muy altos, porque al ser internet un medio electrónico de libre acceso, una persona puede llegar a cualquier tipo de contenido y a su vez, volcar todo tipo de información. La conectividad existente a nivel mundial hace muy vulnerables a las personas para que cualquier dato que se le inserte a su cuenta particular, sea a su vez absorbido por otros usuarios y se haga una cadena de transmisión de datos muy difícil de controlar. El primer control que debe primar debe estar relacionado en la educación hacia los usuarios de internet y a los menores.
En este sentido, se pueden filtrar contendidos nocivos para los chicos y se debe prestar atención al configurar una computadora. También, es fundamental el control de los datos personales que se vuelcan, no sean de índole sensible. La información de este tipo es personalismo, íntima. Son muy útiles las redes sociales, blogs o foros porque nos permiten comunicarnos con personas de todo el mundo, pero al ser tan abierto deberíamos controlar la información que hacemos pública. Es recomendable que la misma sea básica y no incluyamos datos en cuanto a la orientación sexual, en relación a la salud, la religión o ideología política. Cuanta más información de este tipo volquemos, quedamos más expuestos a que cualquier persona no conocida por nosotros, pueda usar ese contenido con fines ilícitos.
—Ante situaciones de usurpación de identidad como la anteriormente mencionada, ¿se corre con desventaja en relación a las grandes empresas implicadas?
—Estas empresas multinacionales, redes sociales o buscadores, al prestar servicios dentro de la Argentina están atrapadas por un tipo de legislación que protegen a los navegantes o usuarios, como la ley defensa al consumidor. En las bases y condiciones generales del servicio de estas empresas, encontramos en un lugar donde nadie lee, que habla de la jurisdicción y competencia y menciona que está legislado por las leyes de Estados Unidos. Si acatáramos en un 100 por ciento las condiciones de servicios, debiéramos hacer cualquier reclamo en Estados Unidos.
Más allá de esto, todos los habitantes de la Argentina tienen el derecho de ser juzgados por sus jueces naturales o del domicilio. Es decir, si estoy en Sunchales y quiero realizar algún reclamo a estas empresas, se debe llevar a cabo en el juzgado de Rafaela.
EBA
Estudio Bilvao Aranda
Crespo 304 – Sunchales – Santa Fe
E-mail: facundo.bilvao@yahoo.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario