sábado, 7 de noviembre de 2009

El abogado eficaz: el justo equilibrio entre conocer los hechos, aplicar el derecho y respetar los códigos.

En el mundo del derecho en muchas oportunidades nos encontramos ante situaciones que nos pueden resultar injustas, arbitrarias y, algunas veces, insólitas.

Esto se repite constantemente tanto en el ámbito del derecho civil, como en el comercial o en el laboral.

Así, los operadores jurídicos nos podemos encontrar con un cliente que nos plantea una situación determinada que, a la luz de los hechos, nos puede parecer clara, pero que no cuenta con una tutela jurídica rápida o efectiva; o bien, que posea una solución legal y procesal pero que, por distintas circunstancias, nuestra respuesta profesional puede resultar poco conveniente para nuestro cliente, ya sea por no conseguir la solución buscada o porque ésta la logramos demasiado tarde.

He aquí entonces que destaco algunos tips a tener en cuenta al momento de delinear una estrategia legal que pretenda resultar oportuna y efectiva.

- Conocimiento pleno de los hechos discutidos: muchas veces se nos presentan casos en los cuales nuestros clientes no nos proporcionan los detalles fácticos necesariamente suficientes para efectuar un determinado reclamo. Esto ocurre porque el cliente suele estar perturbado emocionalmente por la injusticia o los perjuicios que le genera la situación y centra sus pensamientos en una inmediata reparación de las cosas a su estado anterior o bien, a una rápida reacción que pueda saciar su ánimo de “venganza”. Así, la persona emocionalmente perturbada tiene en miras a su enemigo y no se percata de los detalles fácticos y documentales que, en definitiva, sellarán la suerte de nuestra intervención. Por ello, si bien lo aconsejable es escuchar a la persona que nos consulta hasta que culmine con toda su exposición, a renglón seguido deberemos adentrarnos a una retórica tal que nos permita obtener la información que técnicamente nos resulte útil. Además, lo prudente es que no nos limitemos a obtener la información de nuestro cliente sino que optemos por fuentes alternativas que nos permitan ver el panorama de hecho de una manera acabada, sin que esto signifique dudar de la verosimilitud de los planteamientos de la persona que acude a nuestro Estudio. Tengamos en cuenta que algún dato omitido al iniciar cualquier reclamo nos puede limitar, en detrimento de nuestros intereses, el objeto del futuro litigio.

- Antes de dar el primer paso, investigar el derecho aplicable y la jurisprudencia dominante: inicialmente, deberemos dedicarle un tiempo prudencial al análisis de la normativa aplicable al caso en debate y a lo resuelto por los tribunales competentes en casos análogos. Esto debemos hacerlo inclusive antes de dar nuestra primera opinión del tema a nuestro cliente. El ideal es ir de mayor a menor, es decir, en cada caso respetar la pirámide de Kelsen comenzando por lo dispuesto por la Constitución Nacional y los tratados internacionales para terminar en las normas procesales que podremos aplicar al caso; yendo desde lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hasta finalizar el análisis con lo dispuesto últimamente con la misma autoridad que tendrá en sus manos la resolución de nuestro caso. Debemos tomarnos el tiempo para tener un conocimiento acabado del derecho vigente y aplicable al caso antes de emitir un dictamen a quien nos consulta. Además, en esta etapa es cuando deberemos concentrarnos también en tratar de obtener las pruebas que resulten necesarias para que nuestro planteo sea autosuficiente, o bien, estudiar en profundidad a dónde deberemos requerirlas judicialmente. Ésta es la única manera de que nuestra reputación no pueda ser afectada por un dictamen que aunque fuera rápido, resulte equivocado y perjudicial a nuestro cliente.

- Finalmente, respetar los códigos: solemos escuchar en distintos ámbitos lo necesario que resulta tener o respetar ciertos “códigos”. Esto lo escuchamos ya sea en situaciones de la vida cotidiana con familiares, amigos o compañeros de trabajo, como así también en el ámbito de la burocracia administrativa y judicial. Y conocer cuáles son estos códigos en el caso que estemos analizando resulta ser tanto o más importante que conocer en profundidad los hechos, el derecho o la jurisprudencia dominante. Si bien el conocimiento de estos “códigos” suele venir de la mano de la experiencia y de nuestra propia trayectoria profesional, también es cierto que podemos (y deberíamos) tomar los recaudos necesarios como para, a pesar de que resulte ser nuestro primer caso en la materia, podamos conocer profusamente cuáles son los pasos previos que deberemos agotar en cada caso, ante quién deberemos radicar o atender nuestro planteo, o cuáles son las formalidades que podremos cumplir o cuáles son imprescindibles evitar. Esto toma mayor relevancia en situaciones en las que nuestro cliente resulte ser miembro de una organización o asociación que posea con exclusividad la potestad de otorgar las habilitaciones o permisos necesarios para el ejercicio de su actividad o su profesión, como por ejemplo, autoridades administrativas; sindicatos o, en particular, asociaciones no gubernamentales que regulen determinada actividad o a ciertas profesiones como pueden ser los jugadores de fútbol profesional. Lo jurídicamente justo y posible muchas veces no suele ser lo políticamente correcto para este tipo de autoridades que detentan estas prorrogativas, por lo que nuestro foco de atención debe limitarse a buscar y encontrar la solución a la situación que nos plantea nuestro cliente. De nada sirve encontrar la más justa de las resoluciones judiciales si éstas no pueden hacerse efectivas para nuestro cliente. Por ello, y mal que nos pese en más de una oportunidad veremos que respetar ciertos códigos nos permitirán encontrar más rápidamente las soluciones pretendidas. Podremos conseguir una resolución judicial que nos ampare, pero también necesitamos que ésta se haga efectiva, y si bien contamos con herramientas judiciales y procesales como las multas o las astreintes, también es cierto que de poco sirve una condena pecuniaria a cargo de la otra parte, si quien depositó su confianza en nosotros no obtiene en forma oportuna los resultados que buscaba. Obviamente, que este tipo de sanciones o la posible reparación de los daños y perjuicios causados pueden resultar un paliativo, pero en manera alguna esto significará que hayamos obtenido los resultados que nos comprometimos a conseguir.

En síntesis: nuestra meta deberá ser solucionar el problema que tenga nuestro cliente y que, en su intento, no invierta dinero que jamás podrá recuperar. Es decir, no deberemos convertirnos en un simple medio para construir litigios ejemplares (aunque ineficaces), sino que debemos bregar por quitarle un dolor de cabeza y por poner a su disposición la solución que mejor defienda “sus” intereses.


EBA
Estudio Bilvao Aranda

Soluciones jurídicas oportundas
Crespo 304 - Sunchales - Santa Fe
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facundo.bilvao@yahoo.com.ar

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