martes, 15 de noviembre de 2011

Multas de tránsito: Allanan la Municipalidad de Carcaraña por irregularidades en el cobro de multas.



 
Fue tras una denuncia del Defensor del Pueblo Edgardo Bistoletti, presentada ante el Procurador de la Corte y el Fiscal de Cámara.

Todo comenzó cuando en septiembre la Defensoría tomó conocimiento de una intimación de pago por vehículo de la institución. Pero la misma fue dirigida a la Gobernación de Santa Fe, y conmina a abonarla en la Ciudad de Buenos Aires.

El Defensor del Pueblo de Santa Fe, Edgardo Bistoletti, denunció ante el Procurador de la Corte Suprema de Justicia de la provincia y la Fiscalía de Cámara de la 2da. Circunscripción de la provincia a la Municipalidad de Carcarañá. La medida fue tras detectar presuntas irregularidades al confeccionar y aplicar multas por infracción a las normas de tránsito.

Esta denuncia motivó que la Justicia determinara el allanamiento de la Municipalidad de Carcarañá, a la búsqueda de pruebas que permitan echar luz sobre el tema.

Por su parte, Bistoletti recomendó a la Agencia Provincial de Seguridad Vial que arbitre todos los medios a su disposición "para investigar y sancionar esta conducta, destacó la “similitud” entre este caso y el del municipio de Calchaquí, que fuera denunciado por la institución meses atrás.

El caso se inició cuando en septiembre pasado la Defensoría del Pueblo tomó conocimiento de la existencia de una intimación de pago desde la Municipalidad de Carcarañá por supuesta infracción, cometida por un vehículo oficial.

Pero lo curioso fue que dicha intimación fue dirigida a la “Gobernación de Santa Fe”, y enviada por una “supuesta” mandataria, ya que no consta en la misma su cargo y matriculación. Por medio de esta intimación, conminaron a abonar de forma personal lo reclamado en un domicilio de Capital Federal, o mediante depósito en una caja de ahorro del Banco Nación. “Todo ello -aclaran desde la Defensoría- bajo apercibimiento de iniciar de manera inmediata acciones legales, reclamar la deuda por la vía ejecutiva de apremio, solicitar embargo de bienes y/o inhibición general”.

Otras irregularidades detectadas son cuando se supone que se ha condenado a la “Gobernación de Santa Fe”, siendo que ésta no es un ente jurídico, y que sea un empleado de la intendencia de Carcaraña quien tenga facultades para emitir una condena contra la provincia de Santa Fe.

Ante estos hechos, Bistoletti cuestionó que “en el hipotético supuesto que se hubiere condenado a la provincia de Santa Fe como ente jurídico público, también es insólito que, una resolución administrativa que impone pagar una multa, si es que existe alguna infracción cometida, pueda imputarse a la persona jurídica, y para más de derecho público, pues es obvio que la supuesta infracción sólo puede ser cometida por una persona física”.

Una vez que se constataron estas irregularidades, personal de la Defensoría del Pueblo contactó a la Agencia Provincia de Seguridad Vial, donde informaron que durante una auditoría realizada el 29 de julio de 2008 esta repartición encontró “no conformidades” en los procedimientos de comprobación de infracciones e imposición de sanciones.

Posteriormente, otra auditoría del 8 de abril de 2009 resultó en una sugerencia de funcionarios de esa Agencia de suspender la autorización a la Municipalidad de Carcarañá.

La propia agencia de Seguridad Vial explicitó que a través de la auditoría se constataron “variadas irregularidades vinculadas principalmente al procesamiento y notificación de las actas de infracción, la mora en los plazos de notificación a los imputados y la imposibilidad de inspeccionar la sala de edición de la empresa contratada para la operación técnica de los equipos automatizados”.

Asimismo, por orden judicial, personal de la Tropa de Operaciones Especiales (TOE) realizó un operativo de constatación en el Tribunal de Faltas de Carcarañá y sobre la ruta 9, en el marco de una investigación por presuntas irregularidades en el cobro de multas de tránsito por parte del municipio.

El procedimiento fue ordenado por el juez de Instrucción de Cañada de Gómez, Rodolfo Sbala, quien junto al fiscal de ese tribunal, Angel Granato, estuvo presente en el operativo, que "consistió en la verificación de la existencia de un radar en la intersección de la ruta 9 y calle Santa Joaquina —el cual estaría fuera de funcionamiento— y la impresión de todas las actas de infracción registradas por el Tribunal de Faltas desde abril de 2009 a la fecha", dijo a La Capital .el jefe de la TOE, Roberto Benítez.

Origen de la investigación: La investigación arrancó con la denuncia del defensor del Pueblo, Edgardo Bistoletti, ante el procurador general de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Agustín Bassó, y la Fiscalía de Cámara de la Segunda Circunscripción de la provincia por presuntas irregularidades detectadas al confeccionar y aplicar multas por infracción a las normas de tránsito. Es que además de la gran cantidad de denuncias recibidas, la propia Defensoría fue intimada en septiembre pasado por una supuesta falta cometida con uno de sus vehículos oficiales. La advertencia, remitida por una "supuesta" mandataria —no consta su cargo ni matrícula—, está dirigida a la Gobernación de Santa Fe, a la que conmina a pagar lo reclamado en un domicilio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o por depósito en una caja de ahorro del Banco de la Nación Argentina identificada sólo con un número de cuenta.

"Todo ello bajo apercibimiento de acciones legales, reclamar la deuda por la vía ejecutiva de apremio, solicitar embargo de bienes y/o inhibición general", entre otras medidas "que se esgrimen con la clara intención de anular toda posibilidad de razonamiento y averiguación de antecedentes (que se omiten y falsean en la intimación cursada)", según la resolución.

Gobernación condenada: Otra irregularidad se denota cuando se supone que se ha condenado a la "Gobernación de Santa Fe y resulta cuestionable que un mero 1397967985juez' administrativo —que no es tal, sino simplemente un empleado de la Intendencia— tenga facultades para emitir una condena contra la provincia de Santa Fe".

También "es insólito que una resolución administrativa que impone pagar una multa, pueda imputarse a la persona jurídica, y para más de derecho público, pues es obvio que la supuesta infracción sólo puede ser cometida por una persona física", reza la resolución de Bistoletti.

Antecedentes: A partir de febrero de 2009 la Defensoría del Pueblo ya recibía numerosos planteos por infracciones labradas por la Municipalidad de Carcarañá, por lo que solicitó la actuación de la Agencia de Seguridad Vial, que constató "variadas irregularidades vinculadas principalmente al procesamiento y notificación de las actas de infracción, la mora en los plazos de notificación a los imputados y la imposibilidad de inspeccionar la sala de edición de la empresa contratada para la operación técnica de los equipos automatizados".

A raíz de la intimación de pago, el defensor del Pueblo decidió recabar todos los antecedentes y surgió que la multa reclamada corresponde a una supuesta infracción de fecha 10/11/2008, período en el cual la Municipalidad de Carcarañá no contaba con habilitación vigente.

Bistoletti consideró necesario "investigar, si efectivamente existe una resolución administrativa que condena a la Gobernación de Santa Fe al pago de una suma de dinero en concepto de multa por infracción de tránsito cometida por un vehículo oficial, y en su caso, si dentro del procedimiento administrativo realizado se cumplimentó la normativa vigente".

Fuente: Diario La Capital

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